Por decreto, desde Presidencia de la Nación establecieron que la Capital y el resto de los departamentos ya se encuentran en condiciones de finalizar con la etapa de aislamiento. Rigen nuevas flexibilizaciones desde este lunes.
(Foto: Gabriel Lemme)
Todas las jurisdicciones comprendidas en fase DISPO:- El Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA)- Todos los restantes partidos de la provincia de Buenos Aires, con excepción de los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Laprida, Pila, San Cayetano, Balcarce, Castelli, Roque Pérez y Tandil.- Todos los departamentos de las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Jujuy, Chaco, Córdoba, La Rioja, Mendoza, Salta y Tucumán.- Todos los departamentos de Chubut, excepto el de Rawson.- Todos los departamentos de Neuquén, excepto los aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala.- Todos los departamentos de Río Negro, excepto los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina.- Todos los departamentos de San Juan, excepto los departamentos de Rawson, Rivadavia, Chimbas, Santa Lucía y Capital.- Todos los departamentos de San Luis, excepto la Capital y General Pedernera.- Todos los departamentos de Santa Cruz, excepto los aglomerados de la ciudad de Río Gallegos, El Calafate, Puerto Deseado y Caleta Olivia.- Todos los departamentos de Santa Fe, excepto Rosario, la Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos.- Todos los departamentos de Santiago del Estero, excepto los de Capital y Banda. - Todos los departamentos de Tierra del Fuego, excepto Río Grande.
¿Qué diferencia hay entre las etapas de aislamiento y de distanciamiento?
El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio implica:
- Que cada persona debe quedarse en su domicilio.
- Que solo puede salir para hacer compras básicas, para realizar trabajos exceptuados o tareas especialmente autorizadas.
Mientras que la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio implica:
- En lugares con: sistema de salud adecuado para la demanda sanitaria, que no tengan transmisión comunitaria del virus, y otros criterios epidemiológicos.
- Que las personas pueden circular, trabajar y realizar sus actividades siempre y cuando guarden siempre dos metros de distancia con otra persona.
- Todas las actividades que reabren deben reorganizarse para garantizar esta norma.
- Es obligatorio el uso del tapabocas.
- Higiene de manos y respiratoria.
- Ventilación de ambientes y desinfección de superficies.
- En lugares cerrados no se pueden reunirse más de 10 personas, cumpliendo el distanciamiento, y nunca superando la ocupación del 50 % de la capacidad del lugar.
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