SESIÓN ESPECIAL

"Esta no es una ley más”: media sanción al proyecto que regula la compra de vacunas contra el Coronavirus

Se trata de una iniciativa solicitada por el Ministerio de Salud de la Nación para dinamizar la adquisición de dosis contra el virus. Es el tercer proyecto de ley con el sello del diputado tucumano Pablo Yedlin.

08 Oct 2020 - 10:28

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto que autoriza al Gobierno a adquirir las vacunas destinadas a generar inmunidad contra el Coronavirus, que otorga protección jurídica a los laboratorios que suministren y que habilita al Estado Nacional a firmar convenios donde se podrá mantener la jurisdicción de tribunales extranjeros.

La iniciativa, presentada por Pablo Yedlin (Frente de Todos), presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, e impulsada desde el Ministerio de Salud, recibió 230 votos afirmativos, ocho negativos y once abstenciones. Los votos negativos fueron de Alfredo Cornejo, Jimena Latorre, Luis Petri (UCR), Francisco Sánchez, David Schlereth, Martín Grande (Pro), Nicolás Del Caño (PTS) y Romina Del Plá (PO).

"Esta no es una ley más -enfatizó Yedlin-. Estamos aquí con una enorme responsabilidad. Sabemos que esto no es lo óptimo, pero son los requisitos que la industria farmacéutica impone. Y la responsabilidad del Ministerio de Salud es llevar adelante estas contrataciones para comprar vacunas en un mercado escaso. Pero, más allá de la emergencia, que quede claro que la Argentina sólo va a aplicar las vacunas que estén autorizadas por el Ministerio de Salud y evaluadas y registradas por el Anmat", resaltó el tucumano en su alocución.

El otrora ministro de Salud de Tucumán explicó, además, que se busca “generar herramientas para la contratación de las vacunas” y dio un panorama del estado de la pandemia a nivel mundial, con “más de 35 millones de casos y más de 1 millón de muertes” por coronavirus.

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En Argentina, recordó Yedlin, que ya se registraron más de 800.000 casos positivos y más de 20.000 muertes, mientras que a nivel regional América “viene acumulando la mayor cantidad de casos, con casi el 50% de casos mundiales”. El diputado también señaló que en nuestro país “la cantidad de fallecidos nuevos por día está superando a la de otros países”.

La vicepresidenta de la comisión, Carmen Polledo (Pro) se mostró “de acuerdo en actuar con celeridad para que no nos pase lo que nos pasó en marzo con los test y los respiradores”. Polledo dijo que “probablemente se tomen decisiones no por un solo proveedor ni por una sola clase de vacunas”, ya que “se irán adquiriendo lotes a distintos laboratorios y quizá distintas vacunas”.

“Cuando nos comunicaron que se necesitaba modificar el encuadre jurídico, nos pusimos a disposición del presidente de la Comisión de Salud para colaborar y en menos de 48 horas logramos un dictamen por unanimidad”, celebró la parlamentaria opositora.
 
Claves del proyecto

- Las vacunas contra el Covid-19 deberán ser previamente registradas por la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) y analizadas por la Comisión Nacional de Inmunización (CoNaIn).

- El proyecto exime “del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, de cualquier naturaleza u origen, incluido el Impuesto al Valor Agregado, como así también de la constitución de depósito previo, a las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud”.

- Los contratos celebrados en el marco de la ley deberán ser remitidos a la Auditoría General de la Nación (AGN) y a las Comisiones de Salud de la Cámara de Diputados y del Senado, “con los recaudos correspondientes a los fines de respetar las cláusulas de confidencialidad” que puedan contener.

- El proyecto declara de “interés público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19 en el marco de la emergencia sanitaria”.

- El proyecto faculta a que los contratos a celebrarse incluyan cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias hacia quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas.

- Una de las condiciones que se habilitan es la “prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales arbitrales y judiciales con sede en el extranjero y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana. Esta cláusula permitiría que los juicios que pudiesen entablarse por cualquier inconveniente en el proceso de compra de la vacuna no se realicen en la Argentina, sino en el país donde está radicado el laboratorio con el que se celebró el contrato.

- En los contratos se podrán incluir “cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias relacionadas con y en favor de quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas, con excepción de aquellas originadas en maniobras fraudulentas, conductas maliciosas o negligencia por parte de los sujetos aludidos”.

- Se podrán disponer “cláusulas o acuerdos de confidencialidad acordes al mercado internacional de las vacunas” en el marco de la Ley de Acceso a la Información Pública y Ley de Derechos del Paciente.

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