La medida fue dispuesta atendiendo el actual contexto económico que atraviesa el país y la provincia debido a la pandemia de Covid-19.
Los alcances de la reglamentaciónLa Dirección General de Rentas fue facultada a dictar la reglamentación pertinente a la eximición impositiva en IIBB, que tiene vigencia a partir del anticipo de enero 2020. Ingresos BrutosProrroga hasta el 31 de diciembre la alícuota 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Tucumán para:-La producción primaria de granos de soja, de maíz, de trigo y de sorgo granífero, desarrollada dentro del territorio tucumano, en la medida de que sean comercializados directamente por el propio productor primario y la explotación total no exceda de 1.000 hectáreas.-La producción primaria de limón, arándano y frutilla en la medida de que sea comercializada directamente por los productores primarios.-A su vez, también alcanza la comercialización de azúcar realizada por pequeños cañeros, con explotaciones que no superen las 100 hectáreas.Alícuota ceroFue extendida la alícuota cero para los productores de palta que producen en la provincia, en la medida que el fruto sea vendido de forma directa por el agricultor primario.