El Gobierno de la provincia adelantó que realizó un pedido formal a la administración de Alberto Fernández. Solicitan que las actividades elegidas sean habilitadas esta semana.
Carnicería del Mercado del Norte. (Foto: Franco Olea)
De esta forma el listado de actividades que Tucumán pide ser excluidas son:
1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2.Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
3.Atención odontológica de urgencia siguiendo estrictamente el protocolo sanitario.
4.Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo y cumpliendo el protocolo sanitario establecido.
5.Ópticas, únicamente para casos de suma necesidad con sistema de atención al público programada.
6.Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y beneficiarias.
En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
7.Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
8.Procesos industriales específicos, con autorización también de la cartera Productiva.
9.Quinielas provinciales explotadas en kioscos y almacenes (sub-agencias).
Desde eñ ñunes 27 de abril:1-Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico.
2-Venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
3-Mediante resolución del Comité de Emergencia se autorizara la Verificación Técnica Vehicular (VTV) provincial para vehículos relacionados a las actividades exceptuadas.
Listado de nuevas actividades y servicios autorizadas por Nación
1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2. Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
7. Ópticas, con sistema de turno previo.
8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
10. Producción para la exportación, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.