La antesala de Semana Santa y los vencimientos de los servicios y tarjetas provocaron una importante afluencia a los centros de cobro. Mapa de centros de cobranza abiertos en la Provincia.
Largas filas en el microcentro. Foto: Franco Olea - eltucumano
"Hemos venido temprano, pero la cola es inmensa. Deberían abrir los otros Pago Fácil para que cobren con dinero, pero no quieren que salgan los abuelitos", le dice una señora en una larga fila que se extiende por la peatonal Congreso de Tucumán a la periodista Carolina Ponce de León. Como ella, cientos de tucumanos han salido a la calle más allá de la plena vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio por la pandemia de Coronavirus para pagar facturas de servicios o tarjetas en la antesala de su vencimiento.
La imagen se repite en los centros de cobro del microcentro tucumano: son pocos los Rapipagos/Pago Fácil que permanecen abiertos durante el aislamiento social preventivo y obligatorio por lo que hay largas filas en las supuestamente vacías calles de la Ciudad. Además, no todos operan con efectivo como medida preventiva, por lo que hay mayor afluencia de tucumanos en aquellos que no limitan el servicio a operaciones con tarjetas de débito.
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Mañana ya es jueves 9 de abril y los tucumanos temen que los centros de cobranza no abran sus puertas por el feriado de Semana Santa. En el marco de la pandemia el Jueves Santo es un día no laborable, por lo que serán los empleadores quienes definan si sus empleados trabajarán o no. El viernes santo, en cambio, es feriado según lo dispone la Ley 27.399, con lo cual rigen las mismas normas legales que en el descanso dominical.
Largas filas en el microcentro tucumano
Fotos: Carolina Ponce de León - Twitter @CaroPDL
Algunas empresas ofrecen las posibilidad que los clientes que se encuentren bancarizados puedan realizar sus pagos a través de sistemas online, tales como PagosMisCuentas, Mercado Pago o Links Pagos.
Sin embargo, los tucumanos que no cuentan con esta posibilidad podrá hacer sus pagos a través de los Rapipagos habilitados para trabajar durante la cuarentena.
La Red Rapi informó sucursales abiertas en la Provincia y su modalidad.
No se postergó el pago de consumos con tarjetas
El Banco Central (BCRA) decidió
no postergar los vencimientos de las tarjetas de crédito, pero recortó del 55 al 49% nominal anual (lo que supone un interés del 4,1% mensual) la tasa máxima que los emisores pueden cobrar a sus clientes por financiar consumos no cancelados al cierre del resumen del mes y dispuso que no será exigible un pago mínimo, en vista de las restricciones dispuestas a la actividad económica.
Esto quiere decir que a quien no cancele el vencimiento, o no lo haga por el total, se le aplicará la tasa del 49% por el total o el saldo a refinanciar. Además, el banco no podrá aplicarle intereses punitorios si no la cancela el mes siguiente.
El BCRA nada resolvió respecto de los límites de financiación, lo que podría llevar a algunos tenedores de tarjetas que se vieran en la necesidad de aplazar pagos por la crisis a quedar con su plástico invalidado para nuevos consumos en el mes siguiente. En el BCRA sostienen que esa adecuación deberá correr por cuenta de cada banco.
La nueva norma forma parte del paquete de resoluciones que se conocerán en las próximas horas, dado que hoy caduca la circular 6942, que había postergado hasta mañana los vencimientos de las tarjetas de crédito y el pago de las cuotas de los préstamos bancarios.
La Legislatura adhirió al DNU que suspender cortes de servicios
En la sesión de ayer, la Legislatura de Tucumán aprobó unánimemente la adhesión de la provincia al DNU sancionado por Nación que suspende temporariamente el corte de suministro de servicios que resulten centrales para el desarrollo de la vida diaria y el Proyecto que establece la prórroga del pago de las boletas de servicios públicos y prohíbe interrupciones por el plazo de 3 meses.
Mediante el Decreto de Necesidad Urgencia 311/2020 en el marco de la Emergencia Sanitaria, el presidente Alberto Fernández estableció que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta TRES (3) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020. Quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso.
Si se tratare de servicios de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, las empresas prestatarias quedarán obligadas a mantener un servicio reducido, conforme se establezca en la reglamentación.
Estas obligaciones se mantendrán por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos a contar desde la
vigencia de la presente medida.
En ningún caso la prohibición alcanzará a aquellos cortes o suspensiones dispuestos por las prestadoras por razones de seguridad, conforme sus respectivas habilitaciones y normas que regulan la actividad.