La Sala IV de la
Cámara Federal de Casación Penal anuló la resolución de la
Cámara Federal de Tucumán, que había confirmado el sobreseimiento a
Jorge Rocchia Ferro, responsable de la empresa “Ingenio La Florida”, a quien se acusaba de haber vertido productos tóxicos sin previo tratamiento, en dos canales que luego de recorrer el interior de varias fincas, desembocan en el embalse de Termas de Río Hondo.
En una primera instancia, la Justicia Federal de
Tucumán consideró que no se había podido acreditar que los residuos arrojados resultaban peligrosos para la salud pública.
Sin embargo, la Cámara Federal de Casación, integrada por los jueces
Gustavo M. Hornos –presidente-,
Mariano Hernán Borinsky y
Juan Carlos Gemignani, puntualizó que a partir de la reforma constitucional del año 1994 quedó definido que la protección del medio ambiente constituye un derecho humano fundamental que atañe a la sociedad toda, y a las generaciones por venir.
En su decisión, publicada por el
CIJ (Centro de Información Judicial), la Cámara Federal señaló que el medio ambiente y la salud pública se encuentran íntimamente relacionados, por cuanto la gradual destrucción del ecosistema en el que vivimos tiene como efecto inmediato el deterioro de la salud humana.