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El acoso callejero será penado por ley

violencia de géneo

Es oficial la modificación de la Ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres y especifican las acciones que se consideran como violencia contra las mujeres en el espacio público.

Pegatina realizada en el marco de la semana contra el acoso callejero en Tucumán. Foto de Acción Respeto.





Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la promulgación de  la Ley 27.501 aprobada por los senadores en abril. Esta normativa modifica la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres al incorporar al artículo 6 el inciso "g" que pena el acoso callejero.

El inciso recientemente incorporado especifica que se considera violencia contra las mujeres en el espacio público "aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, liooobre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo".

Otra de las modificaciones consiste en crear una línea telefónica gratuita destinada a "dar contención, información y brindar asesoramiento sobre recursos existentes en materia de prevención de la violencia contra las mujeres, donde se incluye al acoso callejero. La información recabada por las denuncias a esta línea serán recopiladas y sistematizadas por el Consejo Nacional de las Mujeres para la elaboración de estadísticas".


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