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Cruces por el rol de la Justicia en el caso de la nena sometida a una cesárea

caso lucia

Tanto la ministra de Salud, Rossana Chahla, como la Fundación Mujeres x Mujeres y Católicas por el Derecho a Decidir denunciaron la injerencia de la fiscal Adriana Giannoni para evitar la ILE. Desde el Ministerio Público Fiscal niegan esta versión.

La menor y permanece internada en el Hospital del Este.





El abordaje estatal del caso de "Lucía", la nena de 11 años embarazada producto de una violación intrafamiliar, sigue generando conflictos entre la Justicia, el Sistema de Salud y organizaciones sociales. Mientras la ministra de Salud, Rosana Chahla, y fundaciones en defensa de los derechos de las mujeres denuncian la intervención de la Fiscal de Homicidios Adriana Giannoni para evitar el protocolo de Interrupción Legal del Embrazo (ILE), desde el Ministerio Público Fiscal negaron esta versión a través de un comunicado.

La ministra de Salud de la Provincia argumentó en una conferencia de prensa y en diferentes medios de comunicacion los motivos por los cuales la ILE debió realizarse finalmente por vía alta (cesárea). En este sentido, aclaró que la fisonomía de "Lucía", aún en desarrollo por su corta edad, hacía imposible un aborto por vía vaginal. Seguidamente, apuntó contra la funcionaria judicial por solicitar no interrumpir la gestación y aseguró que todas las actuaciones "están documentadas".

Por otra parte, la Fundación Mujeres x Mujeres en conjunto con Católicas por el Derecho a Decidir y la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos Regional Tucumán denunciaron el 20 de febrero ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán,  la "injerencia indebida" de Giannoni en el caso de Lucía en el Hospital del Este. Además, solicitaron que se investigue el ejercicio de violencia institucional.

Según informaron desde las organizaciones, la denuncia se realizó "por la injerencia indebida del poder jurisdiccional en un asunto de salud y, además, por la construcción simbólica que suponía asociar desde el discurso de derecho crimen e ILE". Además hicieron hincapié en que no existen fundamentos penales para criminalizar "ninguna práctica que rodee el acceso a la interrupción legal del embarazo". 

"Es indudable que una investigación penal de estas características solo busca infundir miedo a la comunidad médica y dificultar el acceso a este derecho, instigando a médicos y médicas para el incumplimiento de sus deberes. Continuar con esta investigación implicaría caminar hacia un castigo penal que se encuentra eximido por el artículo 86 inciso 2 del Código Penal, configurando un acto inconstitucional y comprometiendo la responsabilidad internacional del Estado argentino", denunciaron a través de una publicación en las redes sociales. 

"Infundir miedo a la comunidad médica es un acto desleal. Desinformar a la sociedad desde un lugar de poder político es un acto deleznable. Alentar públicamente a la desarticulación de políticas que tienen en miras el acceso a derechos humanos y fundamentales como son la salud, la integridad física y psíquica, el plan de vida, la libertad y la autonomía, es un acto condenable que violenta a las mujeres tucumanas”.
En respuesta a estas versiones, desde el Ministerio Público Fiscal difundieron un comunicado que respalada a Giannoni frente a estas versiones e, incluso, las niega.  "Es dable destacar que ninguna fiscalía de este Ministerio Público emitió orden judicial de no interrupción del embarazo de la menor. A través del oficio Nº 11 del expediente 25/8, la doctora Adriana Giannoni procedió a comunicarles al Director del SI.PROS.SA que están vigentes las leyes provinciales 8293 y 6518 que protegen la vida, integridad y salud de todo Niño, Niña y adolescente y que estos derechos están consagrados en los artículos 40 inciso 1 y 4, y 146 de la Constitución de la provincia".

Además en ese documento se asegura que la fiscal "precisó al señor Director del SI.PRO.SA. qué si él o cualquier persona a su cargo tomaban conocimiento de malos tratos, abuso físico o mental o cualquier tipo de descuido o trato negligente de un niño, niña o adolescente debía comunicarlo a la autoridad pertinente por disposición expresa de la ley 6518, aclarando que en estos casos la autoridad competente es el Ministerio Pupilar (no el Ministerio Fiscal)".