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La ley nacional avala que las policías municipales porten armas de fuego

Seguridad

Si bien aún se está avanzando en la reglamentación de la ley provincial, no habría ningún obstáculo para que la Guardia Urbana de Yerba Buena adquiera armas de fuego, tal como lo anunció esta semana el secretario de seguridad de ese municipio.

La Guardia Urbana de Yerba Buena busca ser pionera en la utilización de armas de fuego. La foto es de la Secretaría de Comunicación de Yerba Buena.





Luego de que el secretario de Seguridad de Yerba Buena, Mauricio Argiró, anunciara esta semana que la Guardia Urbana Municipal (GUM) recibió la autorización por parte de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) para portar armas de fuego, quedó planteada la discusión acerca de la legalidad de esta medida, que sentará precedentes en Tucumán. 

Según informó el funcionario del gabinete del intendente Mariano Campero, a partir de esta autorización la GUM podrá adquirir pistolas nueve milímetros, tasers y escopetas. Asimismo, los agentes contarán con chalecos antibalas y deberán superar un exigente entrenamiento. Así las cosas, la de Yerba Buena se convertiría en la primera fuerza municipal con estas atribuciones y equipamiento. 

Según analizó el abogado penalista Víctor Gangarrossa se considera válido que las Policías Municipales utilicen armas de fuego siempre y cuando se cumpla con los requisitos de la Ley Provincial 9.144 que prevé la creación de una policía municipal. La normativa a la que alude el letrado establece la suscripción a un convenio específico. "En tanto se cumpla con ese convenio, es válido. La propia ley establece que las guardias municipales van a actuar con todas las facultades de cualquier policía de seguridad, en tanto y en cuanto los intendentes suscriban a ese convenio", puntualizó el profesional.

En diálogo con eltucumano.com Gangarrossa recordó que Ley Nacional 20.429 de Armas y Explosivos establece que las fuerzas de seguridad pueden portar armas de fuego. Con lo cual, si el intendente firma el convenio y el Concejo Deliberante sanciona las ordenanzas correspondientes, pueden utilizar armas de fuego, sin entrar en conflicto con la ley. "La ley nacional no impide el uso de armas de fuego por fuerzas municipales. No lo autoriza, pero tampoco lo prohíbe. Desde la perspectiva del Derecho Constitucional, con base en las autonomías municipales, es totalmente válido", agregó.
 
El abogado aclaró que en el convenio se definirán cuáles serán las formas y la reglamentación del ingreso de personal, la capacitación, el funcionamiento de las áreas, entre otras cuestiones. 

"Las autoridades de Yerba Buena Solicitaron autorización a la Anmac y este organismo se la otorgó. Esto significa claramente un avance en la legitimación del uso de armas de fuego. Lo principal es ahora la capacitación de las fuerza en cómo y cuándo utilizar las armas, para evitar el gran problema del abuso policial. Si la fuerza no está debidamente entrenada, con misiones claras, por más autorización que tengan, estaremos frente a otro problema, que se debe abordar desde lo sociológico, legal, la seguridad pública", alertó.

La visión de Maley

El ministro de Seguridad de la Provincia, Claudio Maley, declaró esta semana que desde esa repartición se encuentran trabajando en la reglamentación del paquete de leyes tendiente a combatir la inseguridad que se aprobó en la sesión legislativa del 21 de diciembre, dentro del cual se encuentra la creación de las Policías Municipales de Prevención Local, en aquellos municipios cuyas autoridades decidan suscribir el Convenio Específico de Conformación y Cooperación con el Ejecutivo. 

"Estamos trabajando en la reglamentación de esta ley con representantes de fiscalías de estado, el departamento general de policía y funcionarios del ministerio para armar la estructura y definir cómo va a funcionar esta policía municipal, sus funciones, competencias y limitaciones”, adelantó Maley, quien subrayó que la capacitación de los policías correrá por cuenta del Ministerio de Seguridad.

El ministro aclaró en este contexto que los municipios no tienen atribuciones para adquirir armas de fuego para su empleo inmediato. "Estará sujeto al transcurso de un tiempo del funcionamiento de esta policía municipal. Será posible una vez que aprueben la capacitación, que sean habilitados por el ministerio de Seguridad de la provincia, que conozcan y cumplan todas las atribuciones y competencia”, recalcó.